Prueba selectiva de acceso al EIR
Respecto a las características de la prueba selectiva, la convocatoria 2016-2017 estableció los siguientes parámetros:
1. La puntuación total individual de cada aspirante en la prueba selectiva
Índice de Contenido
- 1 1. La puntuación total individual de cada aspirante en la prueba selectiva
- 2 2. La puntuación del ejercicio de contestaciones múltiples, se obtendrá de acuerdo con las siguientes reglas:
- 3 3. La puntuación del expediente académico correspondiente a los estudios de Grado/ Licenciado/Diplomado y en su caso, del doctorado, se obtendrá de acuerdo con las siguientes reglas:
La puntuación total individual de cada aspirante en la prueba selectiva se obtendrá de la suma de la obtenida en el ejercicio de contestaciones múltiples y de la asignada a los méritos académicos que se valoraran con sujeción a las reglas contenidas en los apartados 2 y 3 de este Anexo. Los empates en la puntuación total individual se resolverán según lo previsto en la base XI.5 de esta convocatoria.
2. La puntuación del ejercicio de contestaciones múltiples, se obtendrá de acuerdo con las siguientes reglas:
Primera.- Cada contestación válida recibirá una valoración de tres puntos, se restará un punto por cada una de las respuestas incorrectas, se dejarán sin valorar las preguntas no respondidas y de las operaciones anteriores se obtendrá la valoración particular del ejercicio realizado por cada aspirante.
Segunda.- Evaluados todos los ejercicios, se hallará la media aritmética de las diez máximas valoraciones particulares obtenidas y a esta media aritmética le corresponderán 90 puntos.
Tercera.- La puntuación final de este ejercicio se obtendrá para cada aspirante multiplicando por 90 la valoración particular del mismo y dividiendo el producto por la media aritmética a que se refiere la anterior regla segunda. Esta puntuación final se expresará con los primeros cuatro decimales obtenidos, despreciándose el resto.
3. La puntuación del expediente académico correspondiente a los estudios de Grado/ Licenciado/Diplomado y en su caso, del doctorado, se obtendrá de acuerdo con las siguientes reglas:
Primera.- La valoración particular de cada expediente académico (estudios de grado/ licenciado/diplomado y doctorado) se obtendrá aplicando a los mismo los baremos contenidos en el Anexo V.B de esta convocatoria
Segunda.- Evaluados los expedientes académicos de todos los aspirantes que hubieran realizado el ejercicio, se hallará la media aritmética de las diez máximas valoraciones particulares obtenidas y a esta media aritmética le corresponderán diez puntos.
Tercera.- La puntuación final correspondiente a los méritos académicos de cada aspirante, se obtendrá multiplicando por 10 la valoración particular de los mismos y dividiendo el producto por la media aritmética a que se refiere la anterior regla segunda. Esta puntuación se expresará con los primeros cuatro decimales obtenidos, despreciándose el resto.
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